DIGITALIZA
TODO

El cumplimiento del Registro de Copropietarios
exigido por la Ley 21.442, automatizado
para administradores, comités y copropietarios.

16 Pilares Cobertura Legal PWA Incluida
¿Por qué somos diferentes?

Somos tu Empresa
Administradora

El modelo tradicional está quebrado: software por un lado, administrador por otro. Datos desactualizados, desprotección legal.

Un solo responsable.

Como persona jurídica registrada asumimos la responsabilidad legal y civil de tu copropiedad con software propietario en tiempo real.

Administración de Condominio

Gestión integral con cumplimiento total de la Ley 21.442.

Software de Administración Integral

Plataforma unificada para cobros, reservas y comunicación.

Mantenimiento Paneles Solares

Monitoreo y mantención preventiva de sistemas fotovoltaicos.

Mantenimiento Portones

Servicio técnico programado de portones automotizados.

Mantención de Piscinas

Control químico, limpieza y mantención de equipamiento.

Aseo Áreas Comunes

Limpieza profesional de espacios compartidos.

Adiós al Caos Análogo

Papel y desorden
ya no sirven

ANTES

Método Tradicional

  • Planillas impresas en conserjería expuestas al extravío
  • Copropietarios que no informan cambios de residentes
  • Falta de firmas formales en mandatos y poderes
  • Ausencia de reportes automáticos ante emergencias

Resultado: Asambleas nulas, multas y desconfianza

DESPUÉS

Digitaliza Todo

  • PWA de autogestión para copropietarios
  • Validación de RUT en tiempo real
  • Repositorio seguro de poderes digitales
  • Filtro de movilidad reducida ante emergencias

Resultado: Gestión transparente y cumplimiento legal total

Pilar 01Catastro Obligatorio de Copropiedad

Unidades, Estacionamientos y Alícuotas

Art. 6° y 8° letra d: las alícuotas determinan la contribución proporcional a gastos comunes. Art. 3°: el derecho en bienes comunes se determina por el avalúo fiscal de cada unidad.

Dolor

Planillas de Excel desactualizadas con cálculos erróneos de porcentajes que terminan anulando votaciones del comité en juzgados.

Solución

Digitaliza Todo asocia y calcula automáticamente las alícuotas exactas de cada departamento, bodega y estacionamiento con validación matemática en tiempo real.

Art. 4 y 15 Ley 21.442Prorrateador
Alícuota:0.0100%

Cuota mensual por alícuota legal

$1.000

Basado en 100m²

Diferencia vs fijo: $49.000 a favor

Pilar 02Identificación y Contactos Formales

Propietarios Principales

Art. 5°: todo copropietario debe incorporarse al registro con RUT, correo electrónico y domicilio. Art. 9°: el administrador debe mantenerlo actualizado. Reglamento (Art. 8° letra b) puede exigir datos adicionales.

Dolor

Administradores enviando citaciones a correos antiguos o a personas que ya vendieron sus departamentos, perdiendo el quórum mínimo.

Solución

El propietario se registra y actualiza sus propios datos desde la PWA. El sistema valida el formato del RUT chileno y guarda la IP de consentimiento legal.

Registro de CopropietariosArt. 5° y 9°

Obligatorio por ley (Art. 5°): RUT, correo electrónico, domicilio + acreditar dominio con inscripción CBR (Art. 5° Reglamento).

Adicional según reglamento (Art. 8° letra b): patentes, mascotas, residentes — la asamblea puede exigirlos por mayoría.

2/5 completos

Juan Pérez G.

Depto 101 · 12.345.678-9

María Soto L.

Depto 101 · 9.876.543-2

Pedro González M.

Depto 202 · 15.678.901-4

Ana Martínez C.

Depto 303 · 8.112.233-5

Luis Rodríguez A.

Depto 404 · 13.579.113-7

Campos con borde verde = exigidos por ley. Los demás son configurables por reglamento interno (Art. 8°).

Pilar 03Control de Herederos y Sociedades

Co-titulares y Multipropiedad

Art. 3°: los derechos sobre bienes comunes son proporcionales e inseparables de la unidad. Art. 5° inc. 2: el copropietario puede designar representante. Art. 8° letra h: el reglamento fija facultades del comité.

Dolor

Falta de claridad sobre quién tiene derecho a voz y voto, generando discusiones informales y conflictos en las juntas de copropietarios.

Solución

Digitaliza Todo permite inscribir múltiples dueños por unidad, calculando proporcionalmente sus derechos y consolidando la información de herencias.

MultipropiedadSlider

Derechos de voto:

Heredero A

50%

Heredero B

50%

Pilar 04Registro Histórico de Ocupantes

Residentes y Arrendatarios

Art. 9° inc. 5 N°6: el registro debe incluir arrendatarios y ocupantes. Art. 5° inc. 2-3: el arrendatario representa al propietario en asambleas salvo oposición expresa. Art. 8° letra a: el reglamento fija derechos y obligaciones recíprocos.

Dolor

Conserjes que desconocen quién vive realmente en los departamentos arrendados, permitiendo el ingreso sin autorización ni control.

Solución

El arrendatario accede a la app, sube de manera autónoma sus datos de contacto y el sistema calcula la vigencia de su contrato para el control de mudanzas.

Estado del ContratoDinámico

Carlos Orellana

Depto 101

Activo
Pilar 05Seguridad y Control de Accesos

Vehículos y Patentes

La ley no exige registro obligatorio de vehículos. Art. 8° letra b: el reglamento de copropiedad puede imponer limitaciones (registro de patentes) y letra k: tipificar infracciones y multas asociadas.

Dolor

Vehículos desconocidos estacionados en puestos asignados a emergencias o visitas, sin forma de identificar rápidamente al dueño.

Solución

Un buscador interno en nuestra PWA de conserjería permite escanear o digitar la patente para saber al segundo de qué departamento es el vehículo.

LPR ConserjeríaEscáner
ABCD12Cámara acceso vehicular
Pilar 06Control Obligatorio (Ley Cholito)

Mascotas y Registro de Tenencia

Art. 8° letra b: el reglamento no puede prohibir mascotas dentro de las unidades, pero puede limitar su uso en bienes comunes. El registro de mascotas no es obligatorio por ley, salvo que el reglamento interno lo exija (Art. 8° letra k).

Dolor

Fichas de papel desactualizadas que impiden dar con los dueños de mascotas extraviadas o resolver disputas de convivencia en áreas comunes.

Solución

Sube la foto y número de microchip de tu mascota directamente desde la cámara del celular. Base de datos centralizada lista para contingencias sanitarias.

Ficha Mascota + QRschema_mascotas.json
QR

Mascota desconocida

Escanea el código QR del collar para recuperar los datos del dueño

QR en collar de mascotaPulsa Escanear
Pilar 07Validez de Quórum en Asambleas

Poderes de Representación

Art. 5° inc. 2-3: el copropietario puede designar representante en asambleas. Art. 15: quórums para sesiones. Art. 8° letra h: el reglamento fija las facultades del administrador y comité.

Dolor

Votaciones de miles de UF impugnadas judicialmente porque votaron arrendatarios sin mandatos debidamente firmados por los propietarios.

Solución

Firma electrónica incorporada en la PWA. El propietario otorga poder digital de forma segura registrando hora, firma y dirección IP.

Poder SimpleSHA-256

Sin poder

Pilar 08Coordinación de Emergencia

Ficha Médica y Movilidad Reducida

Art. 40 Título VII: la administración debe mantener registro actualizado de residentes con discapacidad, movilidad reducida, infantes y población no hispanoparlante. Art. 20: simulacros de evacuación anuales obligatorios.

Dolor

Falta absoluta de información durante sismos o incendios sobre qué residentes necesitan asistencia prioritaria para evacuar sus departamentos.

Solución

Los ocupantes marcan su condición en la app. La administración exporta un listado seguro en tiempo real formateado de acuerdo a los protocolos de Bomberos de Chile.

EvacuaciónAlarma
Depto 101Juan Pérez
Depto 102María Soto
Pilar 09Obligaciones Económicas

Gastos Comunes y Fondo de Reserva

Título VI: cada copropietario debe contribuir a las obligaciones económicas en proporción a su derecho en bienes comunes. Art. 6°: pago dentro de 10 días. Fondo común de reserva obligatorio para gastos extraordinarios.

Dolor

Mensualidades impagas que superan el 30% del presupuesto, sin fondo de reserva para arreglos urgentes como ascensores o bombas de agua.

Solución

Cobranza automatizada con recordatorios vía PWA, cálculo de intereses según tope legal (50% interés corriente bancario) y fondo de reserva con meta de recaudación visible en tiempo real.

Obligaciones EconómicasTítulo VI

Recaudado

$372.200

48% del total $774.800

Fondo de Reserva

$1.850.000

Meta: $5.000.000

Desglose Transparente — Ley 21.442
AdministraciónArt. 9(a)
$10.000
MantenciónArt. 9(b)
$8.000
Consumo (Agua/Luz Z.C.)Art. 9(d)
$5.000
Seguro Incendio+SismoArt. 9(e)
$2.000
Fondo de ReservaArt. 2 N°11
$5.000
Total$30.000

Multas e intereses se abonan al Fondo de Reserva (Art. 2 N°8). El administrador configura items según presupuesto aprobado en asamblea.

Juan Pérez G.

Depto 101 · $128.500

✓ Al día

María Soto L.

Depto 102 · $128.500

✓ Al día

Pedro González M.

Depto 202 · $142.300

Mora

Ana Martínez C.

Depto 303 · $115.200

✓ Al día

Luis Rodríguez A.

Depto 404 · $131.800

Mora

Carmen Rivas

Depto 505 · $128.500

Mora

Art. 7°: pago dentro de 10 días. Interés máximo: 50% del interés corriente bancario.

Pilar 10Protección ObligatoriaPróximamente

Seguro Colectivo Contra Incendio

Art. 43 Título VII: seguro colectivo contra incendio obligatorio para todos los bienes comunes. Prima se paga como gasto común. Es mandatorio e irrevocable para todos los copropietarios. CMF regula su contratación, renovación y término.

Dolor

Copropietarios contratan seguros individuales que no cubren bienes comunes, dejando al condominio sin protección ante siniestros mayores.

Solución

Póliza única contratada por la administración, prima prorrateada automáticamente en gastos comunes. Tablero con vigencia, coberturas y deducible visibles para la comunidad.

Póliza ColectivaArt. 43

Seguro Contra Incendio · Obligatorio

Vigencia: 01/01/2026 — 31/12/2026

Cobertura$150.000.000
Deducible5 UF
RCE$50.000.000
Prima mensual$450.000
Pilar 11Gobierno del Condominio

Asambleas y Quórum

Título IV Párrafo 2-3: la asamblea es el órgano decisorio principal. Art. 14: sesión ordinaria al menos 1 vez al año. Art. 15: tabla de quórums para constitución y adopción de acuerdos. Art. 16: citación con 5-15 días de anticipación.

Dolor

Citaciones que no llegan a los propietarios correctos, quórums insuficientes que postergan decisiones críticas por meses.

Solución

Convocatoria digital con confirmación de lectura, conteo automático de quórum según Art. 15, y voto telemático para copropietarios ausentes.

Asamblea de CopropietariosTítulo IV

Próxima Asamblea

15 de julio 2026 · 19:00 hrs · Modalidad telemática

Asistentes
12
Total copropietarios
20

60% · Constituida (50%+)

Art. 15: quórum según materia (mayoría simple, absoluta o reforzada). Art. 14: sesión ordinaria al menos 1 vez al año.

Pilar 12Marco Normativo Interno

Reglamento de Copropiedad

Art. 8° letras a-l: el reglamento debe fijar derechos, obligaciones, limitaciones, multas, administración y más. Debe constar en escritura pública e inscribirse en el CBR. Su aplicación es obligatoria para copropietarios y ocupantes.

Dolor

Reglamentos que no se actualizan hace 10+ años, sin cláusulas para Airbnb, mascotas, ni multas actualizadas según la nueva ley.

Solución

Gestor de reglamento digital con cláusulas modulares pre-aprobadas. Control de versiones, alerta de vencimiento y publicación para todos los residentes vía PWA.

Reglamento de CopropiedadArt. 8°

Actualización: pendiente · 5/8 cláusulas vigentes

Debe constar en escritura pública e inscribirse en el CBR (Art. 8°).

✓

Derechos y obligaciones

8° letra a

✓

Limitaciones y prohibiciones

8° letra b

✓

Identificación de unidades y planos

8° letra c

✓

Cuotas y alícuotas

8° letra d

○

Multas e intereses

8° letra e

✓

Uso de bienes comunes

8° letra f

○

Facultades del comité y administrador

8° letra h

○

Normas sobre alojamiento turístico (Airbnb)

8° letra j

Pilar 13Resolución de Conflictos

Canal de Reclamos y Mediación

Título VIII: los conflictos pueden resolverse por vía judicial, arbitraje o extrajudicial. El reglamento (Art. 8° letra e) puede tipificar conductas y establecer multas. La asamblea puede designar un mediador interno.

Dolor

Conflictos vecinales que escalan a tribunales por falta de un canal formal de reclamos y mediación dentro del condominio.

Solución

App interna de reclamos con seguimiento, notificaciones al comité y mediación virtual. Cada caso queda registrado con fecha, involucrados y resolución.

ReclamosTítulo VIII

Ruidos molestos

abierto

Depto 202 → Depto 303 · 2026-06-05

Uso indebido estacionamiento

mediacion

Depto 404 → Depto visitante · 2026-06-03

Mascota sin correa en áreas comunes

resuelto

Depto 505 → Depto 102 · 2026-05-28

Mediación voluntaria antes de arbitraje o vía judicial (Título VIII).

Pilar 14Sanciones

Infracciones y Multas

Título XIV: infracciones gravísimas, graves, menos graves y leves. Art. 8° letra k: el reglamento debe establecer conductas que constituyen infracciones y las multas aplicables. El comité de administración (Art. 17) puede imponer multas.

Dolor

Multas arbitrarias sin registro formal que terminan en reclamos a la Seremi y desgaste administrativo.

Solución

Catálogo digital de infracciones con montos pre-aprobados por la asamblea. Registro automático con notificación al infractor y estado de pago visible.

InfraccionesTítulo XIV

4 infracciones activas · $45.000 por cobrar

Estacionar en lugar no autorizado

Depto 202 · $15.000

Pendiente

No recoger desechos de mascota

Depto 303 · $25.000

Pagada

Ruidos después de las 23:00

Depto 404 · $10.000

Pendiente

Uso de piscina sin horario permitido

Depto 101 · $20.000

Pendiente

Art. 8° letra k: el reglamento debe tipificar infracciones. Art. 17: el comité impone multas.

Pilar 15Gestión de Espacios Compartidos

Áreas Comunes y Reservas

Art. 8° letra e: el reglamento regula el uso de bienes comunes. El comité de administración (Art. 17) puede establecer normas de uso y horarios para piscinas, quinchos, multicanchas y salones de eventos.

Dolor

Calendarios impresos en conserjería que se superponen, reservas canceladas a última hora y conflictos por uso simultáneo de espacios.

Solución

Calendario interactivo de uso de áreas comunes. Reservas con confirmación automática, topes por unidad, control de capacidad y cancelaciones con notificación instantánea.

ReservasArt. 8° letra e

Áreas disponibles

Piscina

Capacidad: 40 personas · 10:00-20:00

Quincho

Capacidad: 25 personas · 09:00-23:00

Salón Eventos

Capacidad: 80 personas · 08:00-00:00

Reservas activas

Quincho

Depto Depto 101 · 2026-06-15

confirmada

Piscina

Depto Depto 204 · 2026-06-12

pendiente
Pilar 16Canal Oficial del Comité

Anuncios y Comunicaciones

Art. 16: las citaciones a asamblea deben publicarse con 5-15 días de anticipación. Art. 9°: el administrador debe mantener informados a los copropietarios. Las comunicaciones oficiales deben ser fehacientes.

Dolor

Citaciones pegadas en ascensores que nadie lee, información importante perdida en cadenas de WhatsApp y chats off-topic.

Solución

Muro de anuncios oficiales con targeting por audiencia (todos/propietarios/residentes). Confirmación de lectura, adjuntos y notificaciones push en la PWA.

AnunciosArt. 16

Comunicaciones oficiales

Citación Asamblea Ordinaria

urgente

15 Jun 2026 · Para: Todos

Cierre de piscina por mantención

informativo

12 Jun 2026 · Para: Residentes

Recordatorio pago gastos comunes

recordatorio

05 Jun 2026 · Para: Propietarios

3 lecturas confirmadas · 1 pendiente

Cumplimiento legal,
sin esfuerzo administrativo

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